GASTOS DE INICIO DE CURSO ESCOLAR

¿QUIÉN DEBE ABONAR LOS GASTOS DE INICIO ESCOLAR?

A pocos días de que inicie el curso escolar, no son pocos los progenitores que nos preguntan si deben abonar el 50% de los gastos de inicio escolar, un gasto por cierto que suele generar bastantes discusiones entre los progenitores.


En primer lugar debemos definir los gastos de manutención entre ordinarios y extraordinarios. Los ordinarios son aquellos que tienen un carácter previsible y periódico, siendo los extraordinarios aquellos que no reúnen está característica. Los gastos ordinarios deben explicitarse, si hubiera alguno de especial consideración, durante el proceso judicial, ya que servirán al juzgador para determinar la cantidad que deberá abonarse en concepto de pensión alimenticia. Una cantidad, la de la pensión, que tiene carácter anual si bien pagadera en doce mensualidades (por este motivo la pensión debe abonarse íntegramente durante los periodos vacacionales, aunque los menores se encuentren con el progenitor obligado al pago de la pensión).

 

Para aclarar la cuestión lo primero que debemos hacer es preguntarnos si los gastos de inicio escolar son previsibles y periódicos, siendo en este caso la respuesta afirmativa.

Ello nos lleva a concluir que el gasto de inicio escolar es un gasto ordinario, que el juez tuvo en cuenta a la hora de establecer la cuantía de la pensión alimenticia. Por tanto siendo el gasto de inicio escolar es un gasto ordinario, NO debe abonarse una cantidad extra por este concepto. Este criterio fue fijado por el Tribunal Supremo, entre otras sentencias la n° 574/14, de 15 de octubre.

Sin perjuicio de ello y debido a que este gasto suele suponer un importante considerable, es habitual que en los convenios de mutuo acuerdo se incluya este gasto como extraordinario, por lo que en estos casos SÍ habría que abonarlos en el porcentaje pactado.

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CONTACTE CON NOSOTROS

Esta es una de las cuestiones que más conflictos generan entre los progenitores tras las rupturas. En caso de que estés en esta situación y entiendas que estás asumiendo gastos que no te corresponden no dudes en contactar con nosotros, facilitándonos tus datos en el formulario adjunto o contactando telefónicamente. Como despacho especializado en Derecho de Familia y miembro de la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DE FAMILIA (AEAFA), te ayudaremos a resolver la situación y evitar futuros problemas.

Esto es un párrafo. Puedes cambiarlo y poner tu propio texto, editar el formato y añadir enlaces.

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